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Toro Verde viola los derechos de madre lactante y se niega a compensarla

Ley para Reglamentar el Periodo de Lactancia o de Extracción de Leche Materna

*Luego de la publicación de este reportaje, Toro Verde envió un cheque para la compensación por los daños que ocasionó a Jeannette Hernández Rivera por la violación de sus derechos como madre lactante trabajadora, según ella misma informó.

En abril de 2015, hacía tres meses que Jeannette Hernández Rivera había dado a luz a su hija mayor y sintió la necesidad de buscar un empleo que le permitiera aportar más ingresos a su hogar. Como es de Orocovis, solicitó trabajo en el parque de aventuras Toro Verde, donde consideraba contar con el apoyo establecido por ley que le permitiera continuar alimentando a su recién nacida solo con leche materna.

Toro Verde la contrató como encargada de la tienda de regalos del establecimiento y, poco después de tres meses, en los cuales no le proveyó ni el tiempo necesario ni el espacio adecuado para la extracción, la despidió sin justificación.

Hernández Rivera se querelló ante la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM). Emprendió un proceso de casi cinco años que culminó el 3 de diciembre de 2019 con una sentencia del Tribunal de Apelaciones, en la que confirmó la determinación que ya había hecho la OPM de que Toro Verde violó sus derechos como madre lactante y la despidió injustificadamente. Por el caso, Toro Verde debe compensar a la mujer trabajadora con $14,398.52 y pagar una multa de $10,000.

Sin embargo, a más de seis meses de la decisión, Hernández Rivera aún espera por que la administración del parque de aventuras al aire libre, que en tiempos normales puede recibir hasta 150 visitantes por hora, responda por los daños que le causó.

Desconocimiento de la ley

Cuando Hernández Rivera acudió a su entrevista de trabajo, informó que era madre lactante, contó en conversación con Todas. Quien sería su supervisora inmediata le respondió que no había problema, que se le otorgarían 15 minutos en la mañana y 15 minutos en la tarde para la extracción de leche materna.

Ella conocía la Ley para Reglamentar el Periodo de Lactancia o de Extracción de Leche Materna, que establece que los patronos deben conceder una hora por jornada completa a las empleadas que sean lactantes para este propósito. La hora puede dividirse en dos periodos de 30 minutos o en tres periodos de 20 minutos. Sin embargo, ante la necesidad urgente de un trabajo, y por temor a antagonizar con la gerencia antes de obtenerlo, no corrigió a su entrevistadora.

“En ese momento, yo no me atreví a decir nada porque, cuando tú estás en una necesidad de trabajo y tienes una necesidad económica urgente en la casa, muchas veces, te quedas callada. Yo lo que pensé fue: ‘Pues, vamos a empezar así y, poco a poco, yo los voy instruyendo. Será que les traigo la ley por escrito y que ellos la vean o que, cuando me llenen el contrato con el abogado, se lo comento a él’. Y eso fue lo que hice”, narró.

La recomendación general para las madres poder mantener la producción de leche materna que les permita crear un banco, es estimularse cada seno por 10 minutos o más.

Comoquiera, fueron muchas las ocasiones en las que Hernández Rivera sintió que no tenía la oportunidad de tomar el tiempo estipulado.

“Lo hacía de 15 minutos. Incluso, muchas veces, la cara de la supervisora no era de muy buenos amigos cuando yo le iba a pedir el tiempo y yo llegué a no cogerlo. (Esas veces) solamente, en mi media hora de almuerzo. Yo comiendo y sacándome leche. Me llegaron a salir estrías por estar aguantando y me dio mastitis”, recordó.

Falta de un espacio seguro, privado e higiénico

El desconocimiento del tiempo estipulado por ley y la falta de apoyo de su patrono no fueron los únicos inconvenientes que Jeannette Hernández Rivera encontró para mantener su práctica de lactancia.

Durante el tiempo que trabajó allí, Toro Verde nunca contó con “un espacio seguro, privado e higiénico”, según también establece la Ley 427 de 2000. Mientras las instalaciones no cuenten con un lugar adecuado para la extracción de leche, la empresa también se encuentra en incumplimiento con cualquier visitante lactante.

La primera vez que a Hernández Rivera le ofrecieron un espacio para extraerse la leche materna se trató de la oficina de su supervisora. Allí, según describió y según consta en la sentencia del Tribunal de Apelaciones, había una caja fuerte, por lo que Hernández tenía prohibido ponerle seguro a la puerta. El espacio para poner su máquina era un escritorio polvoriento y, además, una de las ventanas tenía una cortina tipo mini blind desde donde podía verse el área de recibimiento de los clientes.

“Los empleados entraban a esa oficina cuando necesitaban cambio de dinero. No sabían que yo era lactante porque no estaban orientados y me abrieron la puerta muchísimas veces”, explicó sobre las situaciones incómodas que con frecuencia enfrentó durante sus primeras semanas de trabajo.

Ante su señalamiento, la administración le ofreció una oficina de gerentes que no se utilizaba mucho.

“Pero, era lo mismo. Ellos no iban tanto, pero, a veces, iban e intentaban abrirme la puerta. Y, como eran oficinas que no se usaban tanto, tenían polvo por todos lados”.

También incómoda por la falta higiene y privacidad del lugar, Hernández Rivera lo comunicó por segunda ocasión a su supervisora.

Entonces, la enviaron al almacén de la tienda de regalos donde trabajaba y de la que era la encargada. Hernández trajo de su casa una mesa y le consiguieron una silla que tenía fango, pues era de las que montaban en las cajas de las guaguas pick up para subir y bajar visitantes del monte.

“Allí fumigan a cada rato, porque como el parque es al aire libre, se meten las sabandijas. En ese almacén, lo hacían también. No tenía ventilación. El veneno se concentraba allí y habían cucarachas muertas”, describió el tercer lugar que le asignaron.

Además, no tenía enchufe para la máquina. Todas esas características implicaban que, cada vez que Hernández Rivera iba a realizar su extracción, tenía que limpiar, mover cajas y pasar una extensión en el poco tiempo que tenía.

“Allí, también, me abrieron la puerta. De esa vez, yo salí llorando a donde una de las jefas grandes y ella lo que hizo fue minimizar la situación y lo que hizo fue poner un letrero en la puerta”, añadió frustrada.

Toro Verde, dijo, no planificó para poder cumplir con la ley, pues ella era la única empleada en su área y, cada vez que iba a tomar su período, tenían que buscar a otra persona, de otra área, para que la cubriera. A veces, mencionó, no había nadie disponible, y eso le sumaba al estrés que ya tenía.

Por sus reclamos, el trato hacia Hernández Rivera como empleada se tornó hostil, según percibió.

Despido injustificado

Días luego de pasar el período de probatoria, Hernández fue despedida. La alegación de la empresa fue que había tenido muchas ausencias. Sin embargo, en las vistas en la OPM, se demostró que para las fechas en las que Toro Verde dijo que se había ausentado, existían ponches que evidenciaban su asistencia.

Ya Hernández sospechaba que el despido venía y, por eso, decidió hacerse aún más firme en el reclamo de sus derechos como madre lactante. Los períodos de lactancia a los que tenía derecho y que antes, por temor, llegó a pasar por alto, los tomó.

“A veces, a las madres lactantes, nos tratan como si esto fuera un capricho. En realidad, el beneficio es para mamá y bebé, y ese es mi derecho y lactar full era la decisión que yo había tomado. Y es bien sacrificado, como para que, encima, cuando estás trabajando, te pongan mil trabas”, sostuvo.

Cuando recibió la noticia del despido, aunque significó un golpe económico, decidió querellarse y llegar a las últimas consecuencias.

Un proceso innecesariamente largo

De acuerdo con la querellante, el proceso se extendió por la negativa de Toro Verde de reconocer sus faltas.

“Nunca se defendieron. Solo se dedicaron a buscar tecnicismos. Apelaron, pidieron reconsideraciones, fueron al Tribunal Apelativo”, argumentó. “Total, para al final, haber gastado más en abogados porque la evidencia estaba”.

La sentencia del Tribunal de Apelaciones señala que Toro Verde argumentó que la OPM no tenía jurisdicción sobre el caso y, luego de la resolución final, pidió reconsideración al señalar que el foro administrativo omitió considerar el informe de inspección de sus instalaciones, el cual supuestamente le era favorable. Sostuvo, además, que Hernández Rivera limitó a su discreción el periodo de extracción de leche materna.

“Yo siempre me sentí frustrada. Yo lo seguí porque, como yo, hay muchas otras. Pero los comentarios eran tan machistas, la defensa tan estúpida, quizás, esperaban que yo me cansara”, señaló.

Falta de compromiso de Toro Verde, señala OPM

La determinación de la OPM fue que Toro Verde debía compensar con $11,897.26 a Hernández, igual a tres veces el sueldo que devengó la reclamante por cada uno de los días que se le negó el período para extraerse la leche materna, según establece la ley.

Además, otros $2,501.26 por concepto del despido injustificado al amparo de la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada, mejor conocida como la Ley de Indemnización por Despido sin Justa Causa.

Toro Verde también debe pagar a la OPM una multa administrativa de $10,000 por el reiterado incumplimiento de la Ley 427-2000. Ante la demora por parte de Toro Verde en emitir el pago de las multas impuestas, estas acumulan interés de 6.5% desde el día de la sentencia hasta el día en que se emita el pago.

“Nos parece que Toro Verde ha demostrado su irresponsabilidad y falta de compromiso, no solo con la señora Hernández Rivera, sino con todas las mujeres que laboran en y visitan Toro Verde Adventure Park”, expuso la procuradora de las Mujeres, Lersy Boria, a preguntas de este medio.

Indicó que las abogadas del caso enviaron una comunicación para intentar cobrar las sanciones impuestas, pero si estas no dan resultado, podrían acudir al Tribunal de Primera Instancia para ejecutar la sentencia.

Violación de derechos que ocurre con demasiada frecuencia

Según los datos que proveyó la OPM, entre enero y julio de 2020, se han recibido más de 60 referidos a la Procuraduría Auxiliar de Asuntos Legales, Investigaciones y Querellas sobre el período de maternidad, lactancia, licencias familiares ante la pandemia de COVID- 19, entre otros asuntos relacionados con la violación de los derechos laborales de las mujeres. Hay 30 querellas radicadas, de las que siete tratan sobre lactancia.

“Lamentablemente, la violación a los derechos de las madres trabajadoras en Puerto Rico es un asunto que ocurre con frecuencia”, sostuvo Boria.

Mencionó que, en 2019, se llevó un caso en contra del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales en el cual se impuso una multa de $10,000 por incumplimiento con las siguientes leyes: Ley 427-2000; Ley 155-2002 y la compensación a la participante fue de $34,211.16.

Este medio intentó comunicarse con el abogado de Toro Verde, pero no obtuvo respuesta.

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