Las agencias gubernamentales incumplen con proveer cuidado diurno para niños y niñas en edad preescolar, hijos de sus empleados o bajo su cargo, según ordena la Ley 84-1999, confirmó hoy el Departamento de la Familia.
Durante una vista pública para discutir el cumplimiento de la legislación, Roberto Carlos Pagán, en representación de la secretaría de la Familia, indicó que su agencia solo cuenta con cuatro centros de cuido registrados. Tres de estos se ubican en San Juan.
“La Ley 84-1999 fue para crear centros de cuidado diurno para niños de edad preescolar en todos los departamentos, agencias, corporaciones e instrumentalidades públicas del gobierno de Puerto Rico, en donde no se hayan establecido previamente. Ese es el propósito, es un mandato a todas las agencias”, apuntó la senadora Ana Irma Rivera Lassén, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Laborales del Senado.
Rivera Lassén recordó que, en un inicio, se cumplió con el mandato de ley, pero poco después se abandonaron los trabajos, revelaron las ponencias de las dependencias públicas citadas a la vista pública, que se da por la Resolución del Senado 207, que ordena una investigación sobre la legislación laboral vigente.
En el caso del Departamento de Educación (DE), luego de aprobada la Ley 84-1999, se establecieron 13 centros de cuido en diversas regiones del país, que atendían a unos 283 niños. Actualmente, solo queda en funciones uno de los centros, que da servicios a siete menores.
“El cierre de los centros se debió a múltiples factores, entre los que podemos destacar la disminución de la matrícula de estudiantes y la falta de fondos recurrentes”, detalló el director de política pública del DE, Félix Ángel Pérez Rivera.
Pero, la ley especifica que, “los usuarios del servicio aportarán económicamente para el mejor funcionamiento del Centro”.
Asimismo, Pérez Rivera estableció que el DE mantiene alianzas con los centros Head Start, que atienden a niños de 0 a 4 años, lo que se ofrece como una opción de cuido para sus empleados. Sin embargo, como requisito de admisión, está vivir bajo el nivel de pobreza.
Wendy Colón, también deponente por Educación, afirmó que los empleados de Educación usualmente cualifican para el programa porque, luego de analizar el ingreso y los integrantes del núcleo familiar, caen bajo el nivel de pobreza.
No obstante, en el Departamento de la Familia, agencia que gestiona los permisos de los centros de cuido públicos y privados, explicó que la opción para que sus empleados tuvieran un cuido diurno para sus hijos e hijas eran los vales que ofrecen a las personas para costear los servicios.
A preguntas de la senadora Rivera Lassén, Pagán admitió que muchos empleados públicos no calificarían para ese programa.
La ausencia de espacios de cuido accesibles a toda la ciudadanía afecta directamente las posibilidades profesionales de las mujeres, a quienes se les ha impuesto socialmente la crianza de los niños, lo que también representa una doble jornada laboral, la remunerada y la no valorada.
Aducen que “no existe la necesidad”
La Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) explicó que no cuenta con el servicio para sus empleados, pues no ha identificado la necesidad. Lo mismo informaron los representantes de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF) y de la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH).
El representante de la OATRH, Gustavo Cartagena, indicó en su ponencia que las entidades que le precedieron a la Oficina contaban con un centro de cuido conforme al perfil demográfico de sus empleados. Sin embargo, consideró que actualmente no se cuenta con un centro para ese propósito “por no tener la necesidad de proveer tal servicio”.
No obstante, Rivera Lassén cuestionó la falta de datos que respaldan que no haya necesidad de los centros de cuido y ordenó a todos los deponentes generar, en cinco días, una lista de sus empleados con los salarios, edades de sus hijos y género para determinar si, en efecto, existe la necesidad.
“El mandato de la ley no es esperar que el empleado o la empleada pida, es que se ofrezca”, sentenció Rivera Lassén.
Por su parte, Naiomi Álamo Rivera, representante del Departamento del Trabajo y Recursos Humano, relató que la agencia tuvo un centro de cuido por 30 años, de 1987 al 2017, pero que culminó su ofrecimiento por falta de matrícula.
Falta de espacios adecuados
Cartagena expuso que la OATRH no podía crear un centro de cuido porque su oficina no cuenta con el espacio necesario.
Mientras, Jean Peña Payano, representante de AAFAF, dijo que el texto de la ley debería enfatizar en que, cuando se reubicaran las agencias, debían contar con un espacio designado para el centro de cuido.
Sin embargo, la ley es específica en que el espacio de cuido no tiene que ubicarse en los predios de la agencia, sino que pueden ser espacios “a una distancia razonablemente cercana del lugar de trabajo del usuario de los servicios”.
“Si hubiera que cambiar algo en esa ley, sería adecuarla a los tiempos, a las necesidades de crear centros de cuido o facilidades de cuido adecuados al ejercicio, por ejemplo, de cuando las personas trabajan de manera virtual”, respondió la senadora Rivera Lassén.
La ausencia de espacio también fue la excusa del Departamento de Justicia, que no tuvo representación en la vista pública, pero sí envió una ponencia escrita en la que detalla que, en 1999, establecieron su centro de cuido. No obstante, el lugar fue destruído por el huracán María, en 2017. El centro cerró oficialmente, el 13 de mayo de 2019, a órdenes de la entonces secretaria de Justicia Wanda Vázquez Garced.