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El aborto es y seguirá siendo legal en Puerto Rico

Aborto libre Puerto Rico

(Fotos por Ana María Abruña Reyes)

La filtración la noche del martes del borrador de una opinión mayoritaria entre jueces del Tribunal Supremo de Estados Unidos para anular la decisión histórica de Roe v. Wade es un golpe de realidad anticipado a la ya prevista revocación del derecho al aborto desde el ámbito federal, pero que no afectaría directamente a Puerto Rico, según explicaron abogadas consultadas por Todas.  

Con Roe v. Wade, la corte suprema de 1973 estableció que la Constitución de los Estados Unidos protege la libertad de una mujer embarazada de optar por un aborto sin restricciones gubernamentales excesivas. De esta manera, se reconoció el derecho constitucional a la terminación voluntaria de un embarazo. Casi medio siglo después, el Tribunal Supremo federal, de composición mayoritariamente conservadora, analiza el caso Dobbs v. Jackson Women’s Health Organization, un pleito legal que pretende revertir una legislación de Mississippi, aprobada en marzo del 2018, que prohíbe las terminaciones de embarazo luego de las 15 semanas de gestación, salvo ciertas excepciones. El asunto a decidir es si son inconstitucionales todas las prohibiciones de previabilidad a los abortos electivos.

Se contempla que la corte federal haga pública la resolución final en Dobbs v. Jackson Women’s Health Organization este verano. Sin embargo, con la divulgación de la opinión filtrada que publicó el medio estadounidense Politico, se confirma la intención de la mayoría de los jueces. En el documento, el juez Samuel Alito, un conservador nombrado por el expresidente George W. Bush, considera que “Roe estaba terriblemente equivocado desde el principio”. Esto al interpretar que la constitución federal no habla, en ninguna instancia, del derecho al aborto.

Según el medio estadounidense especializado en política, los fundamentalistas Clarence Thomas, Neil Gorsuch, Brett Kavanaugh y Amy Coney Barrett avalarían la opinión, mientras que los liberales Stephen Breyer, Elena Kagan y la jueza de ascendencia puertorriqueña Sonia Sotomayor votarían en contra del proyecto de Mississippi y serían de opinión disidente. El único voto que faltaría por definirse es el del juez presidente John Roberts, también conservador nombrado por Bush.

Los borradores de opinión son herramientas internas de trabajo y, según coincidieron varias abogadas, es la primera vez que se filtra uno previo a que se dicte una decisión final por parte del máximo foro judicial federal. El juez Roberts ordenó una investigación por la divulgación desautorizada y confirmó la autenticidad del documento.

La revocación de Roe v. Wade no alterará el derecho al aborto en Puerto Rico 

Las abogadas feministas Patricia Otón Olivieri y Yanira Reyes Gil sostuvieron, en entrevistas individuales con Todas, que el estado de derecho en Puerto Rico no se vería afectado directamente, de revocarse la jurisprudencia de Roe v. Wade.

“El derecho al aborto seguiría siendo legal y estaría reglamentado, como hasta ahora, por el Departamento de Salud”, estableció Reyes Gil para despejar las dudas que el contexto estadounidense ha generado en Puerto Rico. “Para que eso cambiara, tendría que haber una legislación aprobada por ambas cámaras (Senado y Cámara de Representantes) y por el gobernador, en la que se establezca una limitación al derecho al aborto”, explicó.

La Constitución de Puerto Rico protege el derecho a la intimidad, como derivado del derecho humano a la dignidad, y es de factura más ancha, respecto a la constitución de Estados Unidos. Así, en el caso de Pueblo v. Duarte Mendoza –en el que se intentó criminalizar a un médico licenciado por hacer un aborto a una menor de 16 años– el Tribunal Supremo de Puerto Rico avaló en 1980 el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo e interpretó de manera amplia el concepto de salud, que aparece en el Código Penal de Puerto Rico, para que incluyese la salud física y la mental. 

La abogada Reyes Gil explicó que la máxima corte local también determinó que la decisión de realizarse un aborto se hace de manera privada, entre médico y paciente, sin intervención del gobierno, al tratarse de un procedimiento médico.

Derecho al aborto en Puerto Rico

La también abogada feminista Ruth Arroyo Muñoz destacó que, con la decisión de Pueblo v. Duarte Mendoza, también se ha podido defender “el derecho de las menores de edad a su intimidad, en el ejercicio de tener un aborto”. Aclaró que el caso Pueblo v. Duarte Mendoza no tan solo sentó un precedente, sino que también fue un caso criminal radicado contra un médico que realizó una terminación de embarazo a una adolescente “sin la autorización paterna”.

“En Puerto Rico, se mantiene el derecho al aborto tal como está por la decisión de Pueblo v. Duarte Mendoza, que establece que nuestra constitución es de derecho más amplio”, coincidió Arroyo Muñoz con Otón Olivieri y Reyes Gil.

Más allá de la jurisprudencia local, el derecho al aborto es un derecho humano de las mujeres y personas gestantes, enfatizó Reyes Gil. Según la Organización de las Naciones Unidas (ONU), obligar a una persona a llevar un embarazo a término se considera una forma de tortura. Los datos de organismos internacionales establecen que las prohibiciones no desalientan a las personas que necesitan procurar este servicio médico, sino que refuerza la desigualdad económica entre las mujeres y personas gestantes, pues las ricas viajan a lugares donde pueden realizarse legalmente, mientras que las pobres lo hacen de manera clandestina y en condiciones insalubres. Un estudio de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Instituto Gutttmacher estimó que de 2010 a 2014 se produjeron en todo el mundo 25 millones de abortos peligrosos (45% de todos los abortos) al año.

Lee aquí: Restringir el aborto no es estar a favor de la vida

El gobernador Pedro Pieluisi Urrutia también afirmó que la constitución de Puerto Rico protege ampliamente el derecho a la intimidad. Además, dijo que ampliar los derechos queda en manos de la legislatura.

¿Se anulará Roe v. Wade?

Mientras que la activista feminista Alexandra Figueroa Miranda entiende que, según el análisis político que ha realizado, Roe v. Wade se derogará en los próximos meses, la licenciada Arroyo Muñoz advierte sobre los efectos adversos que supondría la anulación del precedente. 

La letrada considera que no debería revocarse la decisión si se toma en cuenta a la doctrina legal de stare decisis, un principio que opta por mantener la línea jurisprudencial para evitar el rompimiento de las decisiones de los juristas. 

No obstante, Arroyo Muñoz sostuvo que, como consecuencia de la controversia legal, se intentarán aprobar leyes locales que dificulten el derecho a decidir de las personas gestantes. 

Por su parte, Figueroa Miranda puntualizó: “Si no logra derogarse, se estaría restringiendo sustancialmente el derecho al aborto. El derecho a la determinación de los cuerpos quedaría a mano de los estados”.

La abogada, conocida en el activismo como “Ruthie”, explicó que se supone que las leyes de familia, salud y seguridad estén reservadas a los gobiernos estatales. Por lo que clarificó que, incluso si Roe v. Wade se revirtiera, “la legislación sobre el aborto se da a nivel estatal”. 

Secuencia histórica de ataques a los derechos reproductivos

Arroyo Muñoz enfatizó que los atentados en contra de los derechos reproductivos no son asunto nuevo. Desde su aprobación en 1973, la decisión Roe v. Wade ha sido blanco de ataques: la Enmienda Hyde lo ejemplifica. 

Aprobada por el Congreso de Estados Unidos en el 1977, la medida restringe el uso de fondos federales para financiar el servicio de terminación de embarazo, con la excepción de determinadas condiciones: incesto, violación o que la vida de la persona gestante corra peligro. 

En el borrador de opinión filtrado el martes, el juez Alito sostiene que “es hora de hacer caso a la constitución y devolver el tema del aborto a los representantes electos del pueblo”, es decir, a las legislaturas locales y a la federal.

Fuerza fundamentalista contra el derecho a decidir

Precisamente, con la potestad que tienen los estados y territorios para regular el aborto, la legisladora del partido antiderechos Proyecto Dignidad Joanne Rodríguez Veve propuso y consiguió coautores del Partido Nuevo Progresista y del Partido Popular Democrático para someter el proyecto del Senado 693 (PS 693), que busca restringir este derecho humano en Puerto Rico desde la semana 22 de gestación, cuando, sin criterio científico, se presume la viabilidad fetal. 

La licenciada Otón Olivieri, quien se opone a la medida, entiende que el proyecto de ley, que se discutió en vistas públicas la semana pasada, no resuelve ningún problema, sino que lo causa, pues afectaría desproporcionadamente a personas vulnerabilizadas, como las víctimas de violencias machistas.

El Hospital Universitario es el centro de salud donde se hacen la mayoría de los abortos que se realizan en Puerto Rico luego de la semana 22. En los últimos tres años y tres meses, la institución hospitalaria ha documentado la realización de 13 abortos entre las 22 y 24 semanas, según indicó en la vista del pasado viernes, el ginecólogo Alberto de la Vega, director de la División de Embarazos de Alto Riesgo y de la sala de parto del hospital.

“Trece terminaciones en tres años y tres meses son cuatro terminaciones por año. Yo no lo veo como una crisis de salud en Puerto Rico”, sostuvo.

Otro de los problemas que causaría, según el panel de médicos especialistas que se posicionó en contra del PS 693, es que cada vez habría menos proveedores de servicios de aborto y médicos que realicen partos, para prevenir posibles demandas. 

El efecto de las limitaciones en el acceso a la salud

El PS 693 es uno de los más recientes ejemplos de los múltiples intentos de la obstaculización de los derechos sexuales y reproductivos en Puerto Rico desde que se viabilizó el aborto constitucionalmente. Arroyo Muñoz, miembro de Democracia Socialista, recordó que la Ley 150 de 1979 enmendó, principalmente, la Ley de Facilidades de Salud (Núm. 101) de 1965 para incluir a las clínicas de terminación de embarazo dentro de la definición de pequeños hospitales. Específicamente, el artículo 2 es el que incluye la prestación de servicios de aborto.

Esta determinación provocó que aumentaran las limitaciones para “proveer los servicios [de salud] ampliamente”, sostuvo. Además, mencionó que, en la década de los 90, había cerca de 13 a 14 clínicas en Puerto Rico.

“Sin embargo, mediante la reglamentación y la obstaculización en Puerto Rico, ha mermado [la cantidad de clínicas de aborto]. En Puerto Rico, ahora mismo, con lo oneroso que es proveer este servicio y  la reglamentación que existe, se han reducido las clínicas a unas cuatro clínicas activas”, expuso. La mayoría de estas clínicas están concentradas en el área metropolitana.

Mientras, Figueroa Miranda aclaró que un aborto no es la única necesidad de salud sexual y reproductiva que puede tener una persona gestante.

“Las clínicas de terminación de embarazo en Puerto Rico no son solamente clínicas de terminación de embarazo. En el caso de la Clínica IELLA, que es con la que tengo mayor experiencia, también se proveen otros servicios esenciales como exámenes de mama, inserción de dispositivos intrauterinos, garantías de píldoras y otros mecanismos de anticoncepción, consejería en salud sexual y atención médica, en caso de que tengamos una enfermedad de transmisión sexual. También se brindan referidos para personas que se encuentran en estados de embarazo o que han, incluso, sobrevivido violencia sexual”, detalló.

Por otro lado, Arroyo Muñoz aseveró que la posible anulación de Roe v. Wade tendría en Estados Unidos las mismas consecuencias que tiene en países en donde la terminación del embarazo es ilegal: abortos clandestinos. La posibilidad de tener acceso a este servicio de salud dependería de la legislación de cada estado.

A su vez, esta situación podría repercutir en complicaciones de la salud que provoque la muerte de la persona gestante. “El efecto de la prohibición obviamente ataca a las jóvenes, adolescentes, inmigrantes y las personas racializadas”, expuso, en referencia a las distintas interseccionalidades atravesadas por las mujeres.

Reyes Gil coincidió en que el efecto de medidas que limiten el derecho al aborto es “totalmente discriminatorio”. 

Por su parte, la organizadora pro derechos reproductivos también concordó con que las restricciones del aborto afectan a las personas vulnerables. 

“El derecho al aborto no es cielo. El derecho al aborto es el piso. Una vez removemos algo tan íntimo como es el derecho a decidir sobre tu cuerpo, (…) estamos hablando de que también hay otros derechos [como el matrimonio entre personas del mismo sexo] en jaque que quedarían vulnerabilizados con la decisión de Roe v. Wade”, concluyó Figueroa Miranda.

Entre estos, el derecho al matrimonio igualitario. 

Mientras, la posibilidad de que la legislatura de Puerto Rico apruebe leyes para proteger y ampliar el acceso al aborto tiene mucho que ver con la presión que pueda ejercer la ciudadanía, mediante manifestaciones, llamadas a las oficinas de senadores y representantes, y conversaciones continuas sobre su importancia.

Lee aquí: 9 mitos sobre el derecho al aborto

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